Barrio la Concepción

¿Qué es una COPACO?

COPACO: representación ciudadana en nuestra comunidad

Las Comisiones de Participación Comunitaria (COPACO) son los órganos de representación ciudadana de las Unidades Territoriales de la Ciudad de México.

Están integradas por vecinas y vecinos elegidos mediante voto universal, libre, directo y secreto, y tienen como objetivo representar los intereses colectivos de la comunidad, conocer sus necesidades y propuestas y servir como vínculo entre los habitantes y las autoridades.

Las personas integrantes de una COPACO no son servidores públicos ni autoridades de gobierno. Su encargo es honorífico, no remunerado y tiene una duración de tres años.

Las COPACO actualmente en funciones corresponden al periodo 2026–2029.

Fuente oficial:
Instituto Electoral de la Ciudad de México – COPACO 2026


¿Cuál es su fundamento legal?

Las COPACO forman parte del sistema de participación ciudadana reconocido por la legislación de la Ciudad de México.

Su funcionamiento se sustenta principalmente en:

Constitución Política de la Ciudad de México
Reconoce el derecho de las personas habitantes de la Ciudad a participar en las decisiones públicas y en los mecanismos de democracia participativa.

Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Regula la existencia, integración, atribuciones, obligaciones y funcionamiento de las COPACO. Los artículos 83 al 100 contienen buena parte de las disposiciones relacionadas con estos órganos ciudadanos.

Reglamento para el funcionamiento de las COPACO y las Coordinadoras de Participación Comunitaria
Establece reglas sobre sesiones, organización interna, sustituciones, responsabilidades, archivos, transparencia y solución de controversias.

Convocatorias y acuerdos del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM)
Regulan cada proceso de elección e integración de las COPACO.


¿Cómo se integra una COPACO?

Como regla general, cada COPACO puede estar integrada por hasta nueve personas elegidas por la ciudadanía de la Unidad Territorial.

Las candidaturas son individuales. No se vota por una planilla completa.

Una vez concluida la votación, el IECM integra la COPACO tomando en cuenta los resultados y las reglas establecidas en la legislación y en la convocatoria correspondiente, incluyendo criterios de paridad de género e inclusión.

Cuando no existen suficientes candidaturas, una COPACO puede quedar integrada por menos de nueve personas.

También puede existir una lista de reserva para cubrir vacantes que se generen posteriormente.

Todos los integrantes tienen jurídicamente el mismo nivel dentro de la COPACO.


¿Quién toma las decisiones de la comunidad?

Es importante distinguir entre la COPACO y la Asamblea Ciudadana.

Asamblea Ciudadana

La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión comunitaria de una Unidad Territorial.

En ella pueden participar las personas habitantes de la comunidad conforme a las disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana.

COPACO

La COPACO es el órgano de representación ciudadana encargado de organizar, representar, gestionar y dar seguimiento a diferentes asuntos de interés comunitario.

En términos sencillos:

La Asamblea Ciudadana decide colectivamente.

La COPACO representa, propone, gestiona, informa y da seguimiento.

La COPACO no sustituye a la comunidad ni puede asumir facultades que corresponden a la Asamblea Ciudadana.


¿Cuáles son las principales funciones de una COPACO?

Entre las atribuciones establecidas por la Ley de Participación Ciudadana se encuentran:

  • Representar los intereses colectivos de las personas habitantes de la Unidad Territorial.
  • Recibir, analizar y promover soluciones a necesidades y propuestas de la comunidad.
  • Instrumentar y dar seguimiento a las decisiones adoptadas por la Asamblea Ciudadana.
  • Elaborar propuestas de programas y proyectos de desarrollo comunitario.
  • Promover la participación y organización de las vecinas y vecinos.
  • Convocar y participar en reuniones y Asambleas Ciudadanas.
  • Dar seguimiento a obras, servicios y acciones de interés comunitario dentro del ámbito de sus atribuciones.
  • Participar en los mecanismos relacionados con el Presupuesto Participativo.
  • Promover consultas y mecanismos de participación ciudadana.
  • Establecer comunicación y coordinación con autoridades y con otras COPACO.
  • Informar a la comunidad sobre sus actividades.
  • Contribuir a la organización comunitaria y a la gestión integral de riesgos.

¿Qué obligaciones tienen sus integrantes?

Ser integrante de una COPACO implica responsabilidades frente a la comunidad.

Entre ellas se encuentran participar en las reuniones de la Comisión, asistir a las Asambleas Ciudadanas, promover la participación de los vecinos, consultar a la comunidad sobre asuntos relevantes, dar seguimiento a sus acuerdos y mantener informadas a las personas habitantes de la Unidad Territorial.

También existen obligaciones relacionadas con la rendición de cuentas, documentación de actividades, capacitación, archivo y transparencia.

La representación ciudadana implica, por tanto, un compromiso permanente de comunicación con la comunidad.


¿Qué NO puede hacer una COPACO?

Una COPACO no es una autoridad de gobierno.

Por ello, no puede sustituir las facultades legales de una Alcaldía, del Gobierno de la Ciudad de México o de otras autoridades.

Tampoco puede utilizarse el cargo de representación ciudadana para favorecer partidos políticos, candidaturas o intereses particulares.

La legislación establece además prohibiciones relacionadas con el uso político-electoral del cargo, programas sociales, credenciales de elector, permisos, concesiones y otras actuaciones que excedan las atribuciones de la representación ciudadana.

En términos sencillos:

La COPACO representa y gestiona; no gobierna.


¿Cómo funciona internamente?

Las personas integrantes de una COPACO son jerárquicamente iguales.

Las decisiones deben adoptarse conforme a las reglas establecidas por la Ley de Participación Ciudadana y el Reglamento correspondiente.

Las COPACO deben celebrar reuniones periódicas, documentar sus actividades y conservar información relacionada con sus acuerdos y actuaciones.

El Reglamento vigente también establece mecanismos para atender sustituciones, vacantes, conflictos internos, responsabilidades y procedimientos relacionados con el adecuado funcionamiento de estos órganos ciudadanos.


¿Cada cuánto se eligen las COPACO?

Las COPACO se eligen cada tres años.

El proceso es organizado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).

En 2026 la Jornada Única de Participación Ciudadana se celebró el 3 de mayo de 2026.

Las COPACO electas durante ese proceso corresponden al periodo 2026–2029.


¿Quién puede participar como candidato?

Para registrarse como candidato o candidata a una COPACO es necesario cumplir los requisitos establecidos en la Ley de Participación Ciudadana y en la convocatoria que emite el IECM para cada proceso.

Entre otros requisitos, se contempla contar con ciudadanía y derechos vigentes, estar inscrito en la Lista Nominal correspondiente y acreditar residencia en la Unidad Territorial dentro de los términos establecidos por la convocatoria.

Las candidaturas son ciudadanas e individuales.


¿Cómo se realiza la elección?

Cada persona candidata aparece individualmente en la elección.

La ciudadanía vota directamente y, una vez realizado el cómputo, el IECM determina la integración de la COPACO aplicando los resultados de la votación y los criterios legales correspondientes.

En el proceso de 2026 también existieron mecanismos de votación anticipada mediante el sistema electrónico del IECM y una jornada presencial celebrada el 3 de mayo de 2026.

Posteriormente se realizó el cómputo, integración de las COPACO, entrega de constancias y su instalación.


¿Las elecciones pueden impugnarse?

Sí.

Los actos relacionados con el registro de candidaturas, resultados e integración de las COPACO pueden ser controvertidos mediante los medios legales establecidos.

El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) es una de las autoridades encargadas de resolver este tipo de controversias.

Por ello, los procesos de elección e integración de las COPACO están sujetos tanto a la organización administrativa del IECM como al control jurisdiccional correspondiente.


¿Cuántas COPACO existen en la Ciudad de México?

El Marco Geográfico de Participación Ciudadana vigente contempla 1,851 Unidades Territoriales en la Ciudad de México.

De ellas, 1,764 forman parte del universo territorial ordinario relacionado con la elección de COPACO, mientras que 87 corresponden a pueblos y barrios originarios, que cuentan con características y derechos colectivos particulares.

No debe confundirse el número de Unidades Territoriales con el número exacto de COPACO efectivamente instaladas, ya que puede haber Unidades Territoriales sin candidaturas suficientes, procesos impugnados o elecciones extraordinarias.

El IECM informó en julio de 2026 la integración de 1,762 COPACO para el periodo 2026–2029, con más de 17 mil personas integrantes.


COPACO en Coyoacán

El Marco Geográfico de Participación Ciudadana establece para la Alcaldía Coyoacán:

166 Unidades Territoriales en total.

De ellas:

161 corresponden al universo territorial ordinario.

5 corresponden a pueblos o barrios originarios.

La distinción es importante porque los pueblos y barrios originarios cuentan con derechos y formas de organización específicas reconocidas por el marco jurídico de la Ciudad de México.


La participación comienza con la información

Las COPACO son una herramienta para que las personas habitantes de cada comunidad puedan organizarse, dialogar, presentar propuestas, dar seguimiento a sus necesidades y mantener comunicación con las autoridades.

Su función debe realizarse con apertura, transparencia, respeto a la pluralidad y rendición de cuentas.

La participación ciudadana no pertenece a una persona ni a un grupo.

La comunidad la construimos entre todos.


Fuentes oficiales y documentos para consultar

Instituto Electoral de la Ciudad de México — COPACO 2026

Información oficial sobre las Comisiones de Participación Comunitaria, candidaturas, elección e integración.

Consultar sitio oficial COPACO 2026

Calendario oficial de la elección COPACO 2026

Fechas del registro, difusión de candidaturas, votación, integración e instalación.

Consultar fechas importantes

Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Principal ordenamiento jurídico que regula las COPACO, las Asambleas Ciudadanas, el Presupuesto Participativo y otros mecanismos de participación ciudadana.

Consultar legislación de la Ciudad de México

Reglamento de las COPACO

Regula la organización y funcionamiento interno de las Comisiones de Participación Comunitaria y de las Coordinadoras de Participación Comunitaria.

Consultar información del IECM

Marco Geográfico de Participación Ciudadana

Permite consultar las Unidades Territoriales reconocidas oficialmente por el IECM.

Consultar Marco Geográfico

Convocatoria COPACO 2026 y Presupuesto Participativo

Contiene las reglas aplicables al proceso de elección de las COPACO 2026 y las consultas de Presupuesto Participativo.

Consultar convocatorias del IECM

Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Permite consultar resoluciones, sentencias y asuntos relacionados con procesos de participación ciudadana.

Consultar TECDMX


Información elaborada con base en fuentes oficiales del Instituto Electoral de la Ciudad de México, legislación vigente de la Ciudad de México y resoluciones de las autoridades electorales.

Última actualización: septiembre de 2026.

COPACO: representación ciudadana en nuestra comunidad

¿Qué es una COPACO?

Las Comisiones de Participación Comunitaria (COPACO) son los órganos de representación ciudadana de las Unidades Territoriales de la Ciudad de México.

Están integradas por vecinas y vecinos elegidos mediante voto universal, libre, directo y secreto, y tienen como objetivo representar los intereses colectivos de la comunidad, conocer sus necesidades y propuestas y servir como vínculo entre los habitantes y las autoridades.

Las personas integrantes de una COPACO no son servidores públicos ni autoridades de gobierno. Su encargo es honorífico, no remunerado y tiene una duración de tres años.

Las COPACO actualmente en funciones corresponden al periodo 2026–2029.

Fuente oficial:
Instituto Electoral de la Ciudad de México – COPACO 2026


¿Cuál es su fundamento legal?

Las COPACO forman parte del sistema de participación ciudadana reconocido por la legislación de la Ciudad de México.

Su funcionamiento se sustenta principalmente en:

Constitución Política de la Ciudad de México
Reconoce el derecho de las personas habitantes de la Ciudad a participar en las decisiones públicas y en los mecanismos de democracia participativa.

Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Regula la existencia, integración, atribuciones, obligaciones y funcionamiento de las COPACO. Los artículos 83 al 100 contienen buena parte de las disposiciones relacionadas con estos órganos ciudadanos.

Reglamento para el funcionamiento de las COPACO y las Coordinadoras de Participación Comunitaria
Establece reglas sobre sesiones, organización interna, sustituciones, responsabilidades, archivos, transparencia y solución de controversias.

Convocatorias y acuerdos del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM)
Regulan cada proceso de elección e integración de las COPACO.


¿Cómo se integra una COPACO?

Como regla general, cada COPACO puede estar integrada por hasta nueve personas elegidas por la ciudadanía de la Unidad Territorial.

Las candidaturas son individuales. No se vota por una planilla completa.

Una vez concluida la votación, el IECM integra la COPACO tomando en cuenta los resultados y las reglas establecidas en la legislación y en la convocatoria correspondiente, incluyendo criterios de paridad de género e inclusión.

Cuando no existen suficientes candidaturas, una COPACO puede quedar integrada por menos de nueve personas.

También puede existir una lista de reserva para cubrir vacantes que se generen posteriormente.

Todos los integrantes tienen jurídicamente el mismo nivel dentro de la COPACO.


¿Quién toma las decisiones de la comunidad?

Es importante distinguir entre la COPACO y la Asamblea Ciudadana.

Asamblea Ciudadana

La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión comunitaria de una Unidad Territorial.

En ella pueden participar las personas habitantes de la comunidad conforme a las disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana.

COPACO

La COPACO es el órgano de representación ciudadana encargado de organizar, representar, gestionar y dar seguimiento a diferentes asuntos de interés comunitario.

En términos sencillos:

La Asamblea Ciudadana decide colectivamente.

La COPACO representa, propone, gestiona, informa y da seguimiento.

La COPACO no sustituye a la comunidad ni puede asumir facultades que corresponden a la Asamblea Ciudadana.


¿Cuáles son las principales funciones de una COPACO?

Entre las atribuciones establecidas por la Ley de Participación Ciudadana se encuentran:

  • Representar los intereses colectivos de las personas habitantes de la Unidad Territorial.
  • Recibir, analizar y promover soluciones a necesidades y propuestas de la comunidad.
  • Instrumentar y dar seguimiento a las decisiones adoptadas por la Asamblea Ciudadana.
  • Elaborar propuestas de programas y proyectos de desarrollo comunitario.
  • Promover la participación y organización de las vecinas y vecinos.
  • Convocar y participar en reuniones y Asambleas Ciudadanas.
  • Dar seguimiento a obras, servicios y acciones de interés comunitario dentro del ámbito de sus atribuciones.
  • Participar en los mecanismos relacionados con el Presupuesto Participativo.
  • Promover consultas y mecanismos de participación ciudadana.
  • Establecer comunicación y coordinación con autoridades y con otras COPACO.
  • Informar a la comunidad sobre sus actividades.
  • Contribuir a la organización comunitaria y a la gestión integral de riesgos.

¿Qué obligaciones tienen sus integrantes?

Ser integrante de una COPACO implica responsabilidades frente a la comunidad.

Entre ellas se encuentran participar en las reuniones de la Comisión, asistir a las Asambleas Ciudadanas, promover la participación de los vecinos, consultar a la comunidad sobre asuntos relevantes, dar seguimiento a sus acuerdos y mantener informadas a las personas habitantes de la Unidad Territorial.

También existen obligaciones relacionadas con la rendición de cuentas, documentación de actividades, capacitación, archivo y transparencia.

La representación ciudadana implica, por tanto, un compromiso permanente de comunicación con la comunidad.


¿Qué NO puede hacer una COPACO?

Una COPACO no es una autoridad de gobierno.

Por ello, no puede sustituir las facultades legales de una Alcaldía, del Gobierno de la Ciudad de México o de otras autoridades.

Tampoco puede utilizarse el cargo de representación ciudadana para favorecer partidos políticos, candidaturas o intereses particulares.

La legislación establece además prohibiciones relacionadas con el uso político-electoral del cargo, programas sociales, credenciales de elector, permisos, concesiones y otras actuaciones que excedan las atribuciones de la representación ciudadana.

En términos sencillos:

La COPACO representa y gestiona; no gobierna.


¿Cómo funciona internamente?

Las personas integrantes de una COPACO son jerárquicamente iguales.

Las decisiones deben adoptarse conforme a las reglas establecidas por la Ley de Participación Ciudadana y el Reglamento correspondiente.

Las COPACO deben celebrar reuniones periódicas, documentar sus actividades y conservar información relacionada con sus acuerdos y actuaciones.

El Reglamento vigente también establece mecanismos para atender sustituciones, vacantes, conflictos internos, responsabilidades y procedimientos relacionados con el adecuado funcionamiento de estos órganos ciudadanos.


¿Cada cuánto se eligen las COPACO?

Las COPACO se eligen cada tres años.

El proceso es organizado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).

En 2026 la Jornada Única de Participación Ciudadana se celebró el 3 de mayo de 2026.

Las COPACO electas durante ese proceso corresponden al periodo 2026–2029.


¿Quién puede participar como candidato?

Para registrarse como candidato o candidata a una COPACO es necesario cumplir los requisitos establecidos en la Ley de Participación Ciudadana y en la convocatoria que emite el IECM para cada proceso.

Entre otros requisitos, se contempla contar con ciudadanía y derechos vigentes, estar inscrito en la Lista Nominal correspondiente y acreditar residencia en la Unidad Territorial dentro de los términos establecidos por la convocatoria.

Las candidaturas son ciudadanas e individuales.


¿Cómo se realiza la elección?

Cada persona candidata aparece individualmente en la elección.

La ciudadanía vota directamente y, una vez realizado el cómputo, el IECM determina la integración de la COPACO aplicando los resultados de la votación y los criterios legales correspondientes.

En el proceso de 2026 también existieron mecanismos de votación anticipada mediante el sistema electrónico del IECM y una jornada presencial celebrada el 3 de mayo de 2026.

Posteriormente se realizó el cómputo, integración de las COPACO, entrega de constancias y su instalación.


¿Las elecciones pueden impugnarse?

Sí.

Los actos relacionados con el registro de candidaturas, resultados e integración de las COPACO pueden ser controvertidos mediante los medios legales establecidos.

El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) es una de las autoridades encargadas de resolver este tipo de controversias.

Por ello, los procesos de elección e integración de las COPACO están sujetos tanto a la organización administrativa del IECM como al control jurisdiccional correspondiente.


¿Cuántas COPACO existen en la Ciudad de México?

El Marco Geográfico de Participación Ciudadana vigente contempla 1,851 Unidades Territoriales en la Ciudad de México.

De ellas, 1,764 forman parte del universo territorial ordinario relacionado con la elección de COPACO, mientras que 87 corresponden a pueblos y barrios originarios, que cuentan con características y derechos colectivos particulares.

No debe confundirse el número de Unidades Territoriales con el número exacto de COPACO efectivamente instaladas, ya que puede haber Unidades Territoriales sin candidaturas suficientes, procesos impugnados o elecciones extraordinarias.

El IECM informó en julio de 2026 la integración de 1,762 COPACO para el periodo 2026–2029, con más de 17 mil personas integrantes.


COPACO en Coyoacán

El Marco Geográfico de Participación Ciudadana establece para la Alcaldía Coyoacán:

166 Unidades Territoriales en total.

De ellas:

161 corresponden al universo territorial ordinario.

5 corresponden a pueblos o barrios originarios.

La distinción es importante porque los pueblos y barrios originarios cuentan con derechos y formas de organización específicas reconocidas por el marco jurídico de la Ciudad de México.


La participación comienza con la información

Las COPACO son una herramienta para que las personas habitantes de cada comunidad puedan organizarse, dialogar, presentar propuestas, dar seguimiento a sus necesidades y mantener comunicación con las autoridades.

Su función debe realizarse con apertura, transparencia, respeto a la pluralidad y rendición de cuentas.

La participación ciudadana no pertenece a una persona ni a un grupo.

La comunidad la construimos entre todos.


Fuentes oficiales y documentos para consultar

Instituto Electoral de la Ciudad de México — COPACO 2026

Información oficial sobre las Comisiones de Participación Comunitaria, candidaturas, elección e integración.

Consultar sitio oficial COPACO 2026

Calendario oficial de la elección COPACO 2026

Fechas del registro, difusión de candidaturas, votación, integración e instalación.

Consultar fechas importantes

Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Principal ordenamiento jurídico que regula las COPACO, las Asambleas Ciudadanas, el Presupuesto Participativo y otros mecanismos de participación ciudadana.

Consultar legislación de la Ciudad de México

Reglamento de las COPACO

Regula la organización y funcionamiento interno de las Comisiones de Participación Comunitaria y de las Coordinadoras de Participación Comunitaria.

Consultar información del IECM

Marco Geográfico de Participación Ciudadana

Permite consultar las Unidades Territoriales reconocidas oficialmente por el IECM.

Consultar Marco Geográfico

Convocatoria COPACO 2026 y Presupuesto Participativo

Contiene las reglas aplicables al proceso de elección de las COPACO 2026 y las consultas de Presupuesto Participativo.

Consultar convocatorias del IECM

Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Permite consultar resoluciones, sentencias y asuntos relacionados con procesos de participación ciudadana.

Consultar TECDMX


Información elaborada con base en fuentes oficiales del Instituto Electoral de la Ciudad de México, legislación vigente de la Ciudad de México y resoluciones de las autoridades electorales.

Última actualización: septiembre de 2026.